Corts Valencianes


La Mesa

La Mesa de las Cortes Valencianas está integrada por el presidente de Les Corts, dos vicepresidentes/as y dos secretarios/as, asistidos por el letrado mayor, que ha de estar presente en todas las reuniones.

Los Vicepresidentes, por orden, sustituyen al presidente y ejercen sus funciones en caso de vacante, ausencia o imposibilidad de este. Además ejercen cualesquiera otras funciones que les encargue el presidente de la Mesa.

Los secretarios supervisan y autorizan, con el visto bueno del presidente, las actas de las sesiones plenarias, de la Mesa y de la Junta de Síndics, así como las certificaciones que se hayan de expedir; asisten al presidente en las sesiones para asegurar el orden en los debates y la corrección en las votaciones; colaboran en el normal desarrollo de los trabajos de la cámara según las disposiciones del presidente y, finalmente, ejercen cualquier otra función que les encomiende el presidente.

Los vicepresidentes y los secretarios son elegidos por el mismo procedimiento en votaciones separadas: primero los vicepresidentes y después los secretarios. Cada diputado escribe en cada elección un único nombre, y resultan elegidos los dos primeros nombres en cada votación, de tal manera que el más votado será el vicepresidente primero y el secretario primero, y el segundo más votado resultará elegido vicepresidente segundo/a y secretario segundo, respectivamente.

Funciones de La Mesa

  • Adoptar todas las decisiones y medidas para la organización del trabajo y el régimen y el gobierno interiores de la cámara, así como elaborar y aprobar los Estatutos de gobierno y de régimen interior de las Cortes Valencianas.
  • Elaborar y aprobar el proyecto del presupuesto de las Cortes Valencianes antes de enviarlo al Consell.
  • Calificar, según el reglamento, los escritos y los documentos de índole parlamentaria, y declarar la admisibiblidad o inadmisibilidad de los mismos.
  • Decidir la tramitación de todos los escritos y los documentos de índole parlamentaria, de acuerdo con lo que establece el reglamento.
  • Programar las líneas de actuación de la cámara, determinando un calendario de actividades del Pleno y de las comisiones para cada período de sesiones, y coordinar los trabajos de los distintos órganos, de acuerdo con la Junta de Síndics.