Las Comisiones

El principio de organización y división del trabajo ha aconsejado en todos los Parlamentos del mundo la creación de Comisiones que preparen el trabajo parlamentario de tal manera que el Pleno realice las tareas más importantes.

El Reglamento de las Cortes Valencianas establece que cada comisión tenga un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario, eligiéndose por un lado al presidente y, por otro lado, y de manera conjunta, al Vicepresidente y al Secretario, permitiéndose así que las minorías estén representadas también en las mesas de todas las comisiones puesto que en cada papeleta sólo se puede escribir un nombre.

Las funciones que corresponden a las Comisiones son conocer los proyectos, proposiciones o asuntos que se les encomienden de acuerdo con su respectiva competencia por parte de la Mesa del Parlamento oída la Junta de Portavoces.

En el Parlamento existen Comisiones Permanentes y Comisiones no Permanentes. Son Comisiones Permanentes aquéllas constituidas para toda una legislatura y previstas con carácter necesario en el Reglamento, distinguiéndose entre Comisiones Permanentes Legislativas y Comisiones Permanentes no Legislativas. A las Comisiones Permanentes Legislativas les corresponde, esencialmente, elaborar el dictamen de los Proyectos y Proposiciones de ley e incluso pueden llegar a aprobar leyes. Las Comisiones Permanentes no Legislativas son aquéllas, a las que no les corresponden realizar actuaciones dirigidas a la aprobación de leyes. Son Comisiones no Permanentes las que pueden crearse eventualmente, con un fin concreto, quedando extinguidas al finalizar su trabajo, y, en todo caso, al finalizar la Legislatura. Dentro de las Comisiones no Permanentes cabe destacar Comisiones de Investigación cuya finalidad es la de fiscalizar la actuación del Gobierno, constituyendo uno de los instrumentos de control del Gobierno por parte del Parlamento.

Para asistir a las sesiones públicas de las comisiones de les Corts Valencianes, hay que cumplimentar el modelo de solicitud aprobado por la Mesa y presentarlo en el Registro de la Cámara, aportando una fotocopia del documento de identidad, con una antelación de dos días hábiles.

(Según el apartado 6º del Acuerdo 1.780/X, de la Mesa de las Corts Valencianes, de 19 de octubre de 2021, sobre la actualización de las medidas para el desarrollo de la actividad parlamentaria en la situación sanitaria actual -BOCV 196-, no se permite el acceso de público a las sesiones de comisión)

La reforma de los artículos 45 y 50 del Reglamento de les Corts aprobada en el Pleno del día 21 de febrero de 2013, publicada en el Butlletí Oficial de les Corts número 138, de 1 de marzo de 2013, y que entró en vigor el día 1 de abril de 2013, establece la desaparición de determinadas comisiones y el cambio de denominación de otras que asumen las competencias de las extinguidas. Por ello, la distribución actual de las comisiones de les Corts queda como sigue: