Directrices para autores y autoras

En todos los casos se deben respetar las siguientes normas para la presentación de originales:

Si bien la publicación en los números de carácter extraordinario queda limitada a aquellas personas que sean invitadas a participar en los mismos, la publicación en los números ordinarios está abierta a cualquier persona que lo desee, siempre que cumpla unos mínimos estándares de calidad (revisión por pares) y cumpla con las directrices que se establecen a continuación.

La revista incluye artículos relacionados, desde cualquier perspectiva y ámbito, con la actividad parlamentaria, existiendo cuatro tipos de categorías:

  • Estudios: se trata de trabajos más profundos que deben tener una extensión entre 30 y 40 páginas con interlineado 1,5. 
  • Notas, dictámenes e informaciones: de carácter más superficial, pueden abordar cuestiones más puntuales y deben tener una extensión entre 15 y 25 páginas con interlineado 1,5.
  • Crónica parlamentaria: que elaboran directamente los letrados y letradas de la institución.
  • Recensiones: reseñas de publicaciones recientes sobre la materia objeto que se ha descrito anteriormente. Deben tener entre cuatro y seis páginas con interlineado 1,5.