Al final de cada legislatura caducarán todos los trámites parlamentarios pendientes de examen y de resolución por Les Corts, excepto aquellos que corresponda conocer, de acuerdo con el reglamento y con la ley, a la Diputación Permanente.
Por lo que se refiere a las tramitaciones en curso como consecuencia del ejercicio de la iniciativa legislativa popular, será de aplicación lo previsto en la ley aprobada por Les Corts que desarrolla lo establecido en el artículo 26 del Estatuto de Autonomía.
Al final de cada período de sesiones decaerán todas las iniciativas parlamentarias no legislativas que no se hayan sustanciado, sin perjuicio de lo establecido en este reglamento en sus artículos 156.5 y 157.
Artículo 184
Si en las Cortes Generales caducase la tramitación de una proposición de ley presentada por Les Corts ante la Mesa del Congreso de los Diputados, el Pleno de Les Corts, a propuesta de la Junta de Síndics, podrá acordar que se reitere la presentación y confirmar a los diputados y diputadas que hubiera designado para que la defiendan.
Si Les Corts se disolviesen antes de haber llevado a cabo la defensa de una proposición de ley presentada ante la Mesa del Congreso de los Diputados, el Pleno de Les Corts, de acuerdo con el artículo 170 de este reglamento, podrá designar nuevos diputados o diputadas que deberán defenderla en el Congreso de los Diputados o, a propuesta de la Junta de Síndics, por mayoría absoluta, podrá acordar la retirada de la proposición de ley presentada.