En el caso de las propuestas de comparecencia, las personas interesadas pueden proponer la comparecencia de profesionales, expertos, representantes de asociaciones y corporaciones de derecho público.
Las solicitudes de comparecencia por las personas interesadas deberán presentarse presencialmente en la Oficina del Registro de las Cortes o en la sede electrónica de la institución, y tendrán que contener la identificación de las personas físicas o jurídicas que las formulan (correo electrónico y teléfono de contacto) y, en su caso, una breve exposición de los motivos de la solicitud.
En cuanto a los escritos en los que se presenten propuestas de enmienda, deben tener, al menos, el siguiente contenido:
- Nombre y apellidos de quien la presenta. Si procede, entidad a la cual representa. Las asociaciones tienen que acompañar la inscripción en el registro de asociaciones, y los ayuntamientos, el acuerdo del Pleno.
- Identificación del medio electrónico, o si procede, el lugar físico donde desea que se realice la notificación. Adicionalmente, las personas interesadas podrán aportar la dirección de correo electrónico para que se les avise del envío o puesta a disposición de la notificación.
- Proyecto o proposición de ley a la cual se presenta la enmienda.
- Carácter de la enmienda (modificación, supresión o adición).
- Texto de la propuesta de enmienda.
- Motivos de la propuesta.
- Lugar y fecha.
- Firma.
Las propuestas de enmienda podrán ser de supresión, modificación o adición. En los dos supuestos últimos, la enmienda deberá contener el texto concreto que se proponga.
A tal fin, las propuestas de enmienda pueden presentarse: al título de la ley; a los títulos; a los capítulos; a las rúbricas; al articulado; a cada disposición adicional, transitoria, derogatoria o final; a la exposición de motivos y a los anexos.
Cada propuesta de enmienda deberá presentarse en un documento único y separado, evitando la agrupación de varias enmiendas en un mismo escrito.