Cercador

Preguntes freqüents

Mostrant 21 - 25 de 25 resultats

Los Síndics de los Grupos Parlamentarios constituyen la Junta de Síndics que se reúne bajo la Presidencia del Presidente de las Cortes Valencianas. La Junta ha de reunirse al menos quincenalmente durante los períodos ordinarios de sesiones.

Las reuniones de la Junta de Síndics, se comunican al Consell para que envíe, si lo cree conveniente, un representante que podrá ser acompañado, si es necesario, por una persona que le asesore.

A las reuniones de la Junta de Síndics han de asistir, además del Presidente, al menos un Vicepresidente y un Secretario de la Cámara y el Letrado Mayor de las Cortes Valencianas. Los Síndics pueden ir acompañados por otro miembro del Grupo Parlamentario, pero éste no tendrá derecho a voto. En cualquier caso, las decisiones de la Junta de Síndics se adoptan por voto ponderado, es decir, teniendo en cuenta no los miembros integrantes de la Junta, sino el número de escaños que cada Síndic represente.

La Junta de Portavoces tiene una importante intervención en asuntos como fijación del orden del día de las sesiones, resoluciones de carácter general interpretativas del Reglamento, ordenación de los debates, etc.

Para conocer la composición actual de la Junta de Portavoces pulse aquí.

En los periodos en que las Cortes Valencianas no están reunidas, por vacaciones parlamentarias o por haber acabado el mandato, la Diputación Permanente tiene la función de velar por los poderes de la Cámara, y mantienen la existencia, como expresión del poder legislativo, mediante la Diputación Permanente.

La Diputación Permanente la forman catorce Diputados/as, además del Presidente de las Cortes Valencianas y los demás miembros de la Mesa de las Cortes. Tanto en la Diputación Permanente como en las Comisiones están representadas proporcionalmente los Grupos Parlamentarios.

Para conocer la composición actual de la Diputación Permanente pulse aquí.

La Mesa de las Cortes Valencianas está integrada por el Presidente de las Cortes, dos Vicepresidentes y dos Secretarios, asistidos por el Letrado Mayor, que ha de estar presente en todas las reuniones.

Los Vicepresidentes, por orden, sustituyen al Presidente, y ejercen sus funciones en caso de vacante, ausencia o imposibilidad de éste. Además ejercen cualesquiera otras funciones que les encargue el Presidente de la Mesa.

Los Secretarios supervisan y autorizan, con el visto bueno del Presidente, las actas de las Sesiones Plenarias, de la Mesa y de la Junta de Síndics, así como las certificaciones que se hayan de expedir; asisten al Presidente en las sesiones para asegurar el orden en los debates y la corrección en las votaciones; colaboran en el normal desarrollo de los trabajos de la Cámara según las disposiciones del Presidente y, finalmente, ejercen cualquier otra función que les encomiende el Presidente.

Los Vicepresidentes y los Secretarios son elegidos por el mismo procedimiento en votaciones separadas: primero los Vicepresidentes, y después los Secretarios. Cada Diputado escribe en cada elección un único nombre, y resultan elegidos los dos primeros nombres en cada votación, de tal manera que el más votado será el Vicepresidente Primero y el Secretario Primero, y el segundo más votado resultará elegido Vicepresidente Segundo y Secretario Segundo, respectivamente.

Para conocer la composición actual de la Mesa de las Cortes Valencianas pulse  aquí.