DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA. Integración en los nuevos grupos de clasificación

Los grupos de clasificación existentes a la entrada en vigor del Estatuto del personal de Corts Valencianes se integran de forma automática en los grupos de clasificación profesional de funcionarios previstos en el artículo 10 del mismo, de acuerdo con las siguientes equivalencias:

  • Antiguo grupo A: subgrupo A1
  • Antiguo grupo B: subgrupo A2
  • Antiguo grupo C: subgrupo C1
  • Antiguo grupo D y antiguo grupo E: subgrupo C2.