3. Los aledaños del poder: consejeros y colaboradores

El rey, que convoca y promulga los fueros, y los estamentos, que proponen y negocian, no son los únicos que están presentes en las Cortes. La preparación y celebración de todas ellas y, especialmente de esta, tan prolongada en el tiempo e itinerante a causa de la peste, hace necesaria la participación de un nutrido grupo de personas para conseguir su funcionamiento.

Los más importantes son los componentes del Consejo real, presidido por el canciller y encargado de asesorarle sobre los asuntos más delicados del gobierno (Mª T. Ferrer). Aquí, aunque el proceso nos proporciona muchos de sus nombres y sus cargos, sólo me haré eco de los más notables y, especialmente, de los vinculados a su organización y celebración.

Se encuentran entre los primeros los camarlengos, o responsables de la seguridad del soberano y custodios del sello real, el cardenal de Catania, Jimeno Pérez de Arenós y Galcerán de Sentmenat. El Uixer d´armes, que le protege en sus desplazamientos, Jorge de Caramany. Pedro Torrelles y Ramón de Sentmenat, camareros reales… Asisten también un buen número de cargos del gobierno y la administración: Pedro de Artés, Mestre Racional; Nicolás Pujades, Baile General del reino; Ramón Boyl, Gobernador de Valencia; Gil Ruiz de Lihori, Gobernador de Aragón… Algunos de ellos, junto a otros de sus consejeros, participan en ciertas comisiones.

Directamente vinculados con su funcionamiento se menciona al vicecanciller, Matías Castelló, responsable de prorrogar y presidir las Cortes en ausencia del rey. Tarea que desempeñan, en la etapa de Castellón, tras su “accidente”, otros oficiales como: el regente de la Cancillería, Nicolás Canyelles; Dalmacio de Sent Dionís, oidor de la corte; Pedro Companyó, escribano real entre otros. Domingo Mascó, vicecanciller por Valencia, será el que valide los fueros. El protonotario, Ramón Çescomes, levanta el acta de las sesiones conjuntas, que se conserva en el Archivo Real, mientras su lugarteniente, Jaime Tavasqués, lee ante la asamblea los escritos presentados. Los procuradores reales Juan Riglós, notario, y Domingo Xèrich, son los encargados de declarar rebeldes o contumaces a los que no se presentan en la fecha o plazos previstos. Al tesorero, Juan Dezplà, se le asignan las cantidades anuales aprobadas para la manutención real. Cabe destacar, entre los escribanos, a Guillermo Ponç, que ejerce como secretario del rey al que acompaña en sus desplazamientos, recibe las súplicas presentadas ante él, lee los tres privilegios en el acto del juramento y le ayudaría, probablemente, en la redacción del discurso de apertura. Otros, cuyo rastro puede seguirse en la Cancillería, son los correos encargados de distribuir las convocatorias y las cartas reales.

Forman parte de la “comisión de los treinta y dos”: el Gobernador de Valencia, Ramón Boyl; el Maestre Racional, Pedro de Artés; Pedro Sacalm, vicecanciller entre 1389-93; el tesorero Juan Dezplà; los vicecancilleres de Valencia, Domingo Maschó y de Barcelona, Esperaindeo Cardona; Juan Brusca y el escribano de ración, Ramón Fiveller.

Las Cortes cuentan con otros oficiales como los habilitadores, responsables de comprobar las convocatorias, procuraciones…  o el síndico, desempeñado en este caso por Ferrer Ram, uno de los representantes de Morella, y autorizado expresa y reiteradamente para recaudar las cantidades previas al donativo, concedidas al monarca. Cada uno de los brazos, por su parte, designa a su vez a un síndico y a un subsíndico. El primero será responsable de presidir las reuniones particulares de su grupo y de presentar a los procuradores o sus sustitutos. El segundo asumirá esas funciones en su ausencia; ambos actúan acompañados y asesorados por un abogado. A ellos, habría que añadir, los juristas que aconsejan a las comisiones “que tota hora que de les dites coses haguessen a tractar e rahonar, haguessen ab si los juristes qui eren en la dita Cort” y los que, junto con los notarios, actúan como testigos en su nombramiento, o los correos que mantienen la comunicación entre las Cortes y los municipios y particulares convocados.

Papel especial juegan los tres escribanos responsables de las actas, en las que dan cuenta tanto de las reuniones generales de la asamblea como de sus respectivas sesiones. Jaime de Vallseguer, notario de la capital, señala reiteradamente su presencia a lo largo del manuscrito que editamos. Son los síndicos de la capital los que consiguen imponerle, alegando su aptitud y conocimiento de determinados temas, tras rechazar a Pedro Miró, designado con anterioridad. La capital, responsable de custodiar los registros de su grupo, conserva en su archivo un buen número de ellos, lo que nos permitirá en el futuro un estudio comparativo y continuado de la institución.

Otros individuos, que quedan reseñados en este proceso y en las fuentes municipales, son los mensajeros que la capital envía al juramento del primogénito; los asesores de los síndicos; los notarios, que extienden las acreditaciones; los responsables de voltear las campanas al amanecer, anunciando que ese día hay sesión; los alguaciles, los encargados de adecuar y controlar las sedes de la reunión…

La presencia del soberano, de las fuerzas vivas del reino y de todos aquellos que acuden al reclamo del acontecimiento (ciudadanos, pobres, malhechores...), hacen necesario ocuparse del abastecimiento y el orden público. Galcerán de Rosanes responsable de este último, en el período castellonense, recibe por este encargo 200 florines.